El próximo 11 de noviembre finaliza el plazo previsto por la Resolución General 4557/2019 para la suspensión de medidas cautelares para las MiPymes. La medida que otorgo este beneficio fue dispuesta por un plazo de 90 días corridos y esta vigente desde el 14 de agosto.

Si bien la confederación de la mediana empresa está solicitando a la AFIP una prórroga del beneficio, aún no se ha publicado resolución que comunique la extensión del plazo.

Esta tu pyme al día con sus obligaciones? Un planeamiento financiero y el uso adecuado de las herramientas vigentes son clave en épocas de crisis.

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