En principio, recordamos que ultimo acuerdo de Empleados de Comercio se había firmado en junio 2011 con aplicación desde Mayo 2011,  que establecía un aumento escalonado no remunerativo del 30%  y fue absorbido totalmente en Abril 2012 modificándose los básicos de las categorías de escala.

En esta ocasión queremos  informarles que se ha dado a conocer en el día de hoy el acuerdo que establece el incremento no remunerativo a partir de Mayo 2012 para los trabajadores comprendidos en el Convenio Colectivo 130/75 de Empleados de Comercio.

Entre los principales puntos, destacamos que se establece un incremento equivalente al 24% de carácter no remunerativo y no acumulativo a abonarse en dos etapas:

  • 15% a partir de Mayo 2012
  • 9 % a Partir de Noviembre 2012

Dichos porcentajes se aplicaran sobre los básicos de las escalas salariales vigentes a Abril 2012 y figuraran en recibo en rubro aparte como “Acuerdo Mayo 2012”, además deberá abonarse el presentismo sobre dicho acuerdo.

En el mes de Junio 2012 deberá liquidarse el Aguinaldo proporcional correspondiente a este acuerdo.

El aumento correspondiente a Mayo será incorporado a las escalas de básicos en noviembre 2012.

El aumento correspondiente a Noviembre será incorporado a las escalas de básicos en Mayo 2013.

Los montos abonados por el acuerdo si bien son no remunerativos sufrirán aportes y contribuciones a la Obra Social de empleados de Comercio y aportes al Sindicato (SEC) y FAECYS además de un aporte extraordinario por única vez a cargo del trabajador de $100 con destino a la abra social OSECAC, dicho aporte será descontado en el mes en que se homologue el acuerdo.

El citado acuerdo ha sido presentado al Ministerio de Trabajo, encontrándose a la fecha pendiente de homologación. La experiencia indica que todos los acuerdos terminan siendo homologados tardíamente pero con las fechas que en el mismo fueron establecidos, lo que obliga luego a realizar ajustes retroactivos en el mes de homologación.