Ello implica un empadronamiento de actividades económicas. Si esto no se realizó automáticamente, el contribuyente debe realizarlo antes del vencimiento. Recientemente quedó instituido el nuevo “Clasificador de Actividades Económicas (CLAE) – Formulario N° 883” dispuesto por la Resolución General 3.537, el mismo deja sin efecto el “Nomenclador de Actividades – Formulario N° 150, utilizado hasta el momento.
Los nuevos códigos resultan de aplicación a partir del 1/11/2013, y la AFIP, de oficio, realizará la conversión de automática de actividades mediante un proceso centralizado para adaptarlas a las nuevas disposiciones.
Los contribuyentes podrán consultar los nuevos códigos de actividades registradas accediendo a http://www.afip.gob.ar “Consulta Conversión Automática de Actividades Económicas R. G. N° 3.537”, o a través de su consulta en el servicio “Sistema Registral”
En los casos en que no se haya realizado la conversión automática, los contribuyentes deberán efectuar un empadronamiento ingresando en la opción “Actividades económicas” del “Registro Tributario” para seleccionar los nuevos códigos de actividades que les correspondan. A tal efecto se establece el siguiente cronograma de vencimientos para reempadronarse:
TERMINACIÓN DE CUIT | FECHA DE VENCIMIENTO |
0 | Hasta el 29/11/2013 |
1 | Hasta el 13/12/2013 |
2 | Hasta el 27/12/2013 |
3 | Hasta el 10/1/2014 |
4 | Hasta el 24/1/2014 |
5 | Hasta el 7/2/2014 |
6 | Hasta el 21/2/2014 |
7 | Hasta el 7/3/2014 |
8 | Hasta el 21/3/2014 |
9 | Hasta el 31/3/2014 |
Estimado cliente, el estudio estará analizando y realizando este reempadronamiento junto al responsable de impuestos de su empresa.