AUDITORÍA
En mayo de 2025 la Dirección Provincial de Personas Jurídicas de la Provincia de Buenos Aires introdujo cambios relevantes en la forma en que determinadas sociedades deben presentar sus estados contables.
La Disposición 303/2025 establece un esquema de presentación digital obligatoria de estados contables y documentación societaria, reemplazando los procedimientos tradicionales en papel y consolidando un sistema completamente digital para estos trámites.
Aunque para muchas empresas este tema todavía no generó urgencias inmediatas, en la práctica se trata de un punto que conviene revisar con tiempo, porque suele aparecer cuando la sociedad necesita avanzar con otro trámite registral.
¿A qué sociedades alcanza?
El régimen aplica principalmente a:
- Sociedades por acciones (S.A., S.C.A. y S.A.S.)
- Sociedades comprendidas en el artículo 299 de la Ley General de Sociedades
- Sucursales de sociedades extranjeras inscriptas en la Provincia de Buenos Aires.
Además, determinadas sociedades no comprendidas en el artículo 299 también pueden quedar alcanzadas por disposiciones específicas del organismo.
¿Qué cambió con la nueva disposición?
Uno de los cambios más relevantes es la digitalización total del procedimiento.
A partir de la Disposición 303/2025: las presentaciones se realizan exclusivamente mediante formularios digitales del organismo, ya no se admiten presentaciones en soporte papel ni escaneos de documentación certificada.
Además, la norma reemplazó el antiguo Anexo 27 por un nuevo formulario único: “Anexo 9 – Formulario Estados Contables Sociedades”, que debe completarse y presentarse junto con la documentación contable.
Este formulario tiene carácter de declaración jurada respecto de la veracidad de la información presentada.
Documentación que debe acompañar la presentación
Entre los principales documentos que se deben adjuntar se encuentran:
- Estados contables completos
- Formulario digital Anexo 9
- Actas societarias vinculadas
- Informe de auditoría (cuando corresponda)
- Certificado de Libre Deuda Alimentaria (RDAM) de los integrantes de los órganos societarios.
Este último requisito es una de las novedades más comentadas, ya que exige verificar la situación de cada integrante del órgano de administración, fiscalización o gobierno societario.
Beneficio para Micro y Pequeñas Empresas
Una de las flexibilizaciones incorporadas por la normativa es que las Micro y Pequeñas Empresas con Certificado MiPyME vigente podrán prescindir del informe de auditoría independiente para los ejercicios cerrados hasta el 31 de diciembre de 2026.
En estos casos:
- los estados contables deben estar firmados por el representante legal,
- y certificados por contador público con legalización del Consejo Profesional.
Nuestra mirada profesional
Desde el punto de vista técnico, la norma forma parte de un proceso de modernización del sistema registral de la Provincia de Buenos Aires. Pero desde el punto de vista práctico, el punto más importante es otro.
Muchas sociedades no prestan atención a este tipo de obligaciones porque no generan consecuencias inmediatas. Sin embargo, cuando la empresa necesita avanzar con gestiones ante Personas Jurídicas —como actualizar autoridades, registrar reformas o completar trámites societarios—, tener estos requisitos pendientes puede generar demoras o observaciones administrativas.
Por eso, más que tratarse de una novedad normativa aislada, la presentación digital de estados contables debe verse como parte del orden societario básico de la empresa.
¿Qué conviene revisar hoy?
Si tu empresa es una sociedad por acciones en la Provincia de Buenos Aires, es recomendable validar:
* si está alcanzada por el régimen,
* si corresponde la presentación digital de estados contables,
* si cuenta con Certificado MiPyME vigente,
* qué documentación societaria debe acompañarse,
* y si están cumplidos los requisitos adicionales previstos por la disposición.
La Disposición 303/2025 no es simplemente un cambio de formato administrativo.
Es un paso más hacia la digitalización del sistema registral y, al mismo tiempo, un recordatorio de la importancia de mantener ordenada la documentación societaria.
Revisarlo a tiempo suele ser mucho más sencillo que resolverlo cuando surge la necesidad de realizar un trámite.